¿Prestas Servicios Especializados Subcontratados a Empresas ? El 24 de abril del 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF); el decreto por el que se reforma diversas disposiciones en materia laboral, social y tributaria. Lo anterior con la finalidad de eliminar la figura de outsourcing, sin embargo, con esta reforma no queda totalmente prohibida la subcontratación; solo queda condicionada a que sea únicamente por servicios especializados.
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¿Y que son los servicios especializados? Son todos aquellos servicios que no forman parte del objeto social ni de las actividades de la empresa; algunos ejemplos serian: la vigilancia, limpieza, jurídicos, entre otros.
Derivado de dicha reforma la Secretaria de Trabajo y Previsión Social publicó el 24 de mayo del 2021; las disposiciones para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados en el DOF. Es una plataforma para el registro de las empresas en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas; ( http://repse.stps.gob.mx) y se tiene hasta el 24 de agosto para poder realizar dicho el registro; en caso de no hacerlo se estaría incumpliendo con las leyes y no podrá celebrar contratos se subcontratación. Este registro tiene una vigencia de 3 años y tiene que ser renovado 3 meses antes de su vencimiento.